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Competencia El primer elemento para poder hablar de consentimiento es la competencia (en ámbito jurídico) o capacidad (en ámbito médico)del sujeto para realizar elecciones, que en nuestro campo versan sobre un posible tratamiento, o sobre la opción de entrar en un protocolo de investigación.
Revelación El segundo elemento del consentimiento informado lo constituye la información que recibe el paciente o sujeto de investigación. Existen varios modelos para comunicar al paciente los datos necesarios, de modo que entienda cuál es su patología y qué posibilidades terapéuticas pueden plantearse.