Categorie: Tutti - esclavitud - libertad - propiedad - justicia

da Gustavo López León manca 1 anno

108

Status

Durante la época clásica y preclásica, los esclavos carecían de derechos políticos y no podían contraer matrimonio legalmente, aunque sus uniones generaban un parentesco natural. No poseían bienes; todo lo que adquirían era para su amo.

Status

la patria potestad

el mancipium

la manus

Son aquellos libertos manumitidos de forma no solemne y a quienes, por disposición de una ley (Lex Iunia Norbana), se les equipara con los latini coloniarii

Para afianzar sus dominios, los romanos adoptaron la política de crear colonias en los territorios conquistados, cuyos habitantes, los latini coloniarii, no tenían ningún derecho político ni gozaban del ius conubii

Eran los antiguos habitantes del Lacio, disfrutaban de una situación semejante a la de los ciudadanos romanos; gozaban tanto del conubium como del commercium así como del ius suffragii en caso de encontrarse en Roma en el momento de la votación

Latiniiuniani

Latini coloniarii

Latini veteres

Latini

Ingenuo

Libertos

La ciudadanía podía perderse debido al hecho de ser reducido a la esclavitud mediante sentencia por infringir alguna disposición legal4 o bien por decisión propia de hacerse ciudadano de otro país.

Derecho de desempeñar cualquier función pública o religiosa

derecho de votar en los comicios

Peregrinos

No ciudadanos romanos o extranjeros

Manumisión por testamento

Es la voluntad de un paterfamilias (expresada en testamento) de conceder la libertad a determinado esclavo.

Manumisión fideicomisaria
Es una manumisión opcional como suplica para el heredero por la posesión de su esclavo al adquirirlo en el momento de enterado por el testamento y en cualquier momento que lo deseara.
Manumisión testamentaria directa
el testador confiere directamente al esclavo la libertad, por medio de una clase de manumisión hecha en términos imperativos

Ciudadania romana

La ciudadanía se podía adquirir por nacimiento o por causas posteriores a él Independientemente del lugar donde naciese, era ciudadano romano el hijo habido de legítimo matrimonio de un ciudadano romano; es decir, en Roma se ad- quiría la nacionalidad por el derecho de sangre (ius sanguinis)

Alieni Ius¡ris

Es la persona que se encuentra sujeta a cualquier autoridad como el paterfamilias

La situación del alieni iuris perdurará mientras viva el paterfamilias o en su defecto cuando el hijo sea emancipado por su pater y consecuentemente se con- vierta en sui iuris o bien, tratándose de la esposa, cuando se disuelva la manus

Sui iuris

Es el paterfamilias ,aquel individuo que no se encuentra sujeto a ninguna autoridad y que podrá ejercer sobre los que de él dependen

Familiae

En consecuencia de la influencia del cristianismo

Es suprimida la condena a la esclavitud por cometer un delito

Es suprimida la que resultaba de la aplicación del Senadoconsulto Claudiano

En la época imperial, se determinó que si el heredero o legatario se negaba a otorgar la libertad al esclavo, éste podía acudir ante el pretor para solicitarla

Manumisión por vindicta

El señor acompañado de su esclavo y de un adsertor libertatis (un tercero) acuden frente a un magistrado y simulan una sesión en proceso en la que el adsertor libertatis afirma que el esclavo es libre y el dueño no lo contradice, en consecuencia el magistrado lo declara libre.

Derechos privados

Conobium

Facultad de contraer matrimonio civilmente, de rea- lizar las iustae nuptiae

Commercium

Consistía en el derecho de adquirir y transmitir la propiedad
Concedía, asimismo, al ciudadano el derecho de transmitir su patrimonio por sucesión testamentaria, así como el de ser heredero y realizar cualquier otro ne- gocio jurídico

Derechos Públicos

Ius suffragii

Ius honorum

Civitatis

Status

Libertatis

Modos reconocidos por el derecho para salir de ella y convertirse en liberto.
La manumisión

Que se efectuara de forma solemne

Que fuera con la voluntad del propietario

Condición jurídica del esclavo
El esclavo no tiene ningún derecho de carácter político

No puede contraer matrimonio, y la unión de carácter marital que celebre, contubernio, sólo producirá la creación de un parentesco natural; es decir, de consanguinidad (cognatio)

No puede tener propiedad alguna; lo que adquiera será en nombre del amo y para el amo

No se obligaba civilmente por las relaciones de carácter contractual que llegase a celebrar

No puede obrar en justicia ni para sí ni para ningún otro

Fuentes de esclavitud
Época

Justiniano

Clásica

En aquellos casos en que un hombre libre, en complicidad de un tercero efectuasen un fraude por engaño haciendose vender como esclavo y reclamando después su libertad.

Cuando existía una sentencia dictada como consecuencia de haber incurrido en un delito que lo condenara a las bestias, al circo o a las minas. A estos esclavos se les llamaba servi poenae, que significa esclavo de su propio delito

Por aplicación del Senadoconsulto Claudiano del año 52, el cual establece que toda mujer libre que tuviese relaciones sexuales con un esclavo ajeno, existiendo de por medio la prohibición del dueño, caería en la esclavitud

El liberto que cometía ingratitud hacia su antiguo amo.

Preclásica

No haberse inscrito en el censo correspondiente (incensus)

Desertar del ejército

Por delito

Por no pagar a los acreedores