Legislación de la Seguridad e Higiene
Normas Oficiales Mexicanas
NOM-006-STPS-1993
Relativa a las condiciones de
seguridad e higiene para la estiba
y desestiba de los materiales en los
centros de trabajo.
NOM-005-STPS-1993.
Relativa a las condiciones de
seguridad en los centros de trabajo
para el almacenamiento, transporte
y manejo de sustancias inflamables.
Reglamento Federal de Seguridad,
Higiene y Medio Ambiente de Trabajo
(STPS).
Articulo 14.
Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes médicos de ingreso, periódico y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales.
Articulo 18.
Son obligaciones de los trabajadores
numeral VI. Someterse a los exámenes médicos que determine el patrón de conformidad con las normas correspondientes, para prevenir riegos.
Articulo 146.
Los médicos de los servicios preventivos
de medicina del trabajo estarán obligados
a comunicar al patrón los resultados de los
exámenes médicos en cuanto a la aptitud
laboral de los trabajadores respetando la
confidencialidad.
Organización Internacional
del Trabajador. (OIT)
Regula las condiciones de seguridad
y salud en el trabajo encuentra una de sus manifestaciones en el elevado número de convenios y recomendaciones.
Carta Comunitaria de los Derechos
Sociales de los Trabajadores.
(Estrasburgo, Francia 1989)
"Todo trabajador debe disfrutar
en su medio de trabajo de condiciones
satisfactorias de protección de su salud
y su seguridad"
"Deben adoptarse las medidas adecuadas para conseguir la amortización en el
progreso de las condiciones existentes en
este campo.
Ley Federal del Trabajo
Artículo 473.
Riesgos de trabajo son los accidentes
y enfermedades a que están expuestos
los trabajadores en ejercicio o con motivo
del trabajo.
Articulo 134 fracción X.
Someterse a los reconocimientos médicos
previstos en el reglamento interior y demás
normas vigentes en la empresa o
establecimiento.
Garantizar un ambiente de trabajo
saludable y exento de riesgo para
los trabajadores.