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por Pero Gruyo 18 anos atrás

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FIDEICOMISO (F) (Bienes Cedidos)

FIDEICOMISO (F) (Bienes Cedidos)

FIDEICOMISO (F) (Bienes Cedidos)

FINES

VENTAJAS

MODALIDADES

DE ADMINISTRACION o INVERSION
INMOBILIARIO
DE SEGUROS
DE GARANTIA
TRASLATIVO DE DOMINIO

CARACTERISTICAS CONTRATO

(F) PATRIMONIO AUTONOMO DEL (FD)
TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD
FINALIDAD
CONFIANZA (FT a FD)

TIPOS

FINANCIEROS
ORDINARIOS

Contrato en virtud del cual una persona llamada "fiduciante" (FT) transfiere a título de confianza a otra persona denominada "fiduciario" (FD), uno o más bienes (

PARTICIPANTES

FIDEICOMISARIO (FC)

Destinatario final de los bienes fideicomitidos, al cumplimineto del plazo o condición que establezca el contrato.

(FT)

BENEFICIARIO (B)

Persona física o jurídica que recibe los beneficios de la administración fiduciaria. Al momento de la firma del contrato, esta persona puede ser de existencia real o futura, en cuyo caso, se especificarán los datos que permitan su clara individualización.

Se podrán designar uno a varios (B), quienes recibirán en igual proporción los beneficios, salvo disposición en contrario determinada en el contrato.

(FC).

FIDUCIARIO(FD) (Adquirente)

Recibe la propiedad fiduciaria de los bienes asumiendo, a través del contrato, la obligación de cumplir con una determinada gestión o administración de los bienes fideicomitidos.

Podrá ser (FD) cualquier persona física o jurídica, con capacidad legal para contratar, sañvo en fideicomisos financierosen que sólo podrán actuar como (FD) las entidades financieras y las personas jurídicas autorizadas por la Comosión Nacional de Valores.

CESE

Renuncia

Quiebra o liquidación

Muerte o incapacidad declarada judicialmente

Disposición contractual según

Incumplimiento según

(FD)

Revocación Judicial

OBLIGACIONES

If (F) < Obligaciones => QUIEBRA)

Identidad y separación patrimonial

Rendir Cuenta

Administrar s/contrato

Prudencia y diligencia

DERECHOS

Bienes propios <> (F) salvo dolo

RETRIBUCIÓN

DOMINIO DE (F)

NO PUEDE

Adquirir para sí (F)

Ser (FC)

Ser (B)

FIDUCIANTE (FT) (Fideicomitente) (Cedente)

Titular de los bienes objeto de la transmisión fiduciaria y quien contrata el fideicomiso, determina las condiciones e instrucciones bajo las cuales deberán administrarse los bienes. Podrá ser (FT) cualquier persona física o jurídica capaz para contratar y transmitir los bienes fideicomitidos.

OBLIGACIONES hacia (FD)

SANEAR EVICCIÓN

REEMBOLSAR GASTOS

REMUNERAR

DERECHOS sobre (FD)

REVOCAR

RENDICION DE CUENTAS

LIMITES

FACULTADES

PUEDE SER

(FC)

(B)